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Política de los EE.UU. sobre visas -- Nuevos procedimientos -- Qué no ha cambiado -- Qué ha cambiado

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¿Qué no ha cambiado en la política de los EE.UU. sobre visas?

Muchos aspectos de la política de los EE.UU. sobre visas siguen siendo los mismos.

  • Todos los nombres de los solicitantes se someten a un control rutinario usando una base de datos gubernamental ultramoderna para encontrar datos penales u otra información que los pueda descalificar.
  • El funcionario consular examina la solicitud y los documentos y datos auxiliares para establecer si hay hechos que puedan descalificar al solicitante o incoherencias o preguntas que deben aclararse.
  • En muchos casos, el funcionario consular solicitará una entrevista personal con el solicitante y podrá pedir que la solicitud se someta a revisión también en Washington, D.C.
  • Es posible que los solicitantes de visa tengan que someterse a un trámite de revisión adicional cuando deseen realizar un intercambio comercial o estudios relacionados con ciertos campos específicos de tecnología avanzada.

¿Qué ha cambiado en la política de los EE.UU. sobre visas?

Algunos aspectos de los trámites de visa de no inmigrante y los procedimientos de entrada y salida han cambiado.

  • Visas de turismo y de comercio -- Todas las personas de sexo masculino que solicitan visas de comercio y de turista no inmigrantes cuyas edades oscilen entre 16 y 45 años de edad, sin importar la nacionalidad u otros factores, deben llenar ahora un formulario de solicitud suplementario que ayuda al funcionario consular a decidir si reúnen las condiciones para concederles la visa. Los funcionarios consulares y fronterizos tienen autoridad para exigir a cualquier persona de cualquier país que llene formularios para obtener una visa si lo consideran necesario.
  • » Más información sobre visas de turismo y de comercio

  • Visas de estudiante y de intercambio - Todos los estudiantes y visitantes de intercambio, sin importar la nacionalidad u otros factores, deben llenar ahora un formulario de solicitud suplementario que ayuda al funcionario consular a decidir si reúnen las condiciones para concederles la visa. Asimismo, los solicitantes deben obtener un formulario de autorización de su institución patrocinadora en los EE.UU. Antes de expedir una visa, dicha institución debe autenticar la solicitud mediante el establecimiento y el mantenimiento de un archivo electrónico en un sistema de gestión de datos en Internet llamado SEVIS (Sistema de Información de Visitantes de Intercambio y Estudiantes) cuya administración está a cargo del Departamento de Seguridad Nacional.
  • » Más información sobre visas de estudiante

    » Más información sobre visas de visitante de intercambio

    » Más información sobre estudios en los EE.UU.

    » Centros en el extranjero que ofrecen asesoramiento sobre estudios en los EE.UU.

  • registro -- Hacia el año 2005, la ley requiere que el Departamento de Seguridad Nacional lleve un registro de los visitantes extranjeros que entran y salen de los EE.UU. cada año, cuyo número se calcula en unos 35 millones.
  • Para ese entonces, todos los documentos de viaje oficiales que se usan para entrar en los EE.UU. deben tener identificadores biométricos, además de la identificación fotográfica. Este sistema se conoce por el nombre de Sistema de registro de Entrada y Salida de Seguridad Nacional (NSEERS).

    El registro se está introduciendo por etapas. Actualmente, se deben registrar los hombres mayores de 16 años que sean ciudadanos de los países que, según el Secretario de Justicia, constituyen una posible amenaza contra la seguridad nacional. También se deberán registrar, sea cual sea la nacionalidad, las personas que se haya determinado pueden ser motivo de inquietud para la seguridad de los Estados Unidos. Los funcionarios consulares y fronterizos toman esa decisión basándose en criterios que son reflejo de la información policial vigente. No se basa en etnicidad ni religión. Hasta la fecha, se han registrado las personas de más de 100 países.

    » Más información sobre Registro

    » Información sobre la lista actual de países que deben cumplir con el requisito de registro

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Mensaje de Tom Ridge, Secretario del Departamento de Seguridad Nacional de los EE.UU.

"A partir del 1 de marzo de 2003, el Departamento de Seguridad Nacional (DSN) administrará las leyes de inmigración de los EE.UU. Desde esa fecha el Servicio de Inmigración y Naturalización forma parte del DSN."

"A través de nuestra Oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (BCIS), aseguraremos que los Estados Unidos sigan recibiendo a visitantes y a los que buscan oportunidades en nuestras tierras. También aseguraremos la aplicación de las medidas de seguridad necesarias para proteger a nuestros ciudadanos y visitantes dentro de nuestras fronteras."


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